Punto de Información Catastral (PIC)

El convenio suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio de Economistas de A Coruña, que ha dado lugar al Punto de Información Catastral (PIC) del Colegio de Economistas de A Coruña, tiene como objetivo simplificar el acceso a la información catastral, ofreciendo servicios de consulta y certificación de datos tanto para bienes inmuebles protegidos como no protegidos.

 

Servicios

A través del PIC del Colegio se podrá acceder a los siguientes servicios:

  • Servicio de consulta de datos catastrales no protegidos, certificación de la referencia catastral y consulta de cartografía.
  • Servicio de consulta y certificación de datos catastrales protegidos, por los titulares catastrales, sus representantes o personas autorizadas por ellos.
  • Servicio de certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral.
  • Servicio de consulta para los titulares catastrales sobre información relativa a las solicitudes de ayuda de la última campaña de la Política Agrícola Común (PAC) con relación a las parcelas rústicas de su titularidad declaradas en aquellas solicitudes.
  • Servicio de consulta y certificación de datos catastrales protegidos por parte de titulares catastrales de las parcelas colindantes, titulares o cotitulares de derechos reales, de arrendamiento y aparcería así como por parte de herederos y sucesores.
     
Tarifas
  • Certificado literal: 4 €
  • Certificado descriptivo y gráfico: 12 €

Servicio gratuito exclusivamente para los colegiados que soliciten información o certificados en nombre propio. Si la solicitud es para terceros o si la persona solicitante no es colegiada, se cobrará la tasa arriba indicada.

Requisitos

Si el solicitante es el titular del bien:

  • DNI

Si el solicitante es un tercero autorizado por el titular:

  • Fotocopia DNI del titular.
  • Autorización firmada por el titular. Descargar modelo de autorización haciendo clic AQUÍ.
  • DNI del autorizado.

Si el solicitante es un representante legal del titular:

  • Fotocopia DNI del titular.
  • Documento legal que acredite la representación.
  • DNI del autorizado.

Si el solicitante es un heredero:

  • DNI del heredero.
  • Certificado de últimas voluntades y testamento.
  • Declaración de herederos (si el causante no otorgó testamento).

      Si el heredero es hijo del causante, también puede acreditar su condición de heredero mediante:

  • DNI del heredero.
  • Certificado de defunción (o de últimas voluntades) y certificado de nacimiento (o Libro de Familia del causante).

      Si el heredero es cónyuge del causante, también puede acreditar su condición de heredero mediante:

  • DNI del heredero.
  • Certificado de defunción (o de últimas voluntades) y certificado de matrimonio expedido en el último mes anterior a la fecha de solicitud.
Atención al público 

El PIC del Colegio de Economistas de A Coruña se ubica en su sede colegial:
C/ Caballeros 29, 1º. 15009 A Coruña

Sus servicios se prestan de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas.

PIC online

Exclusivo para colegiados.

Los colegiados podrán realizar, para sus clientes, los trámites catastrales ofrecidos por el PIC del Colegio de Economistas de A Coruña de forma telemática sin necesidad de desplazarse al Colegio. Para ello deberán cumplimentar los modelos que correspondan y enviarlos, junto con la documentación exigida en cada caso, a través del mail colegio@economistascoruna.org

Importante: en la modalidad online el colegiado actúa como intermediario entre el PIC y el interesado, por lo que no firmará ninguno de los documentos ni podrá actuar como autorizado o representante.

Documentos a aportar:

En función de la condición del solicitante:

Según el caso:

  • Declaración responsable (si el solicitante es representante, heredero o legatario, propietario no titular catastral, arrendatario o aparcero).
  • Documentación acreditativa de la representación o autorización del interesado, en su caso. (Ver apartado requisitos).
  • Documentación acreditativa de que el solicitante es heredero, legatario, propietario no titular catastral, arrendatario o aparcero, en su caso. (Ver apartado requisitos).